TIPOS DE CONTRATOS

¿Qué es un contrato?
 Es un acuerdo generalmente escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones 

Tipos de contratos civiles 
-De la compra venta: Habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero 

-De la permuta: La permuta es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra. 

-De las donaciones en general: Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente una parte o la totalidad de sus bienes presentes.

-De mutuo: el mutuo es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie o calidad.

-De arrendamiento: el arrendamiento es un contrato mediante el cual las partes contratantes, se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto.


-De comodato: El comodato es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible, el otro contrae la obligación de restituirla individualmente.
 
-De depósito: el depósito es un contrato por el cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa, mueble o inmueble que aquél le confía, y a guardarla para restituirla cuando la pida el depositante.
del secuestro: el secuestro es el depósito de una cosa litigiosa en poder de un tercero, hasta que se decida a quién debe entregarse 
del mandato: el mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que éste le encarga.

-De contrato de obras a precio alzado: el contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige La obra y pone los materiales.

-De los porteadores y alquiladores: el contrato por el cual alguno se obliga a transportar, bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes, por tierra, por agua o por aire, a personas, animales, mercaderías o cualesquiera otros objetos; si no constituye un contrato mercantil.

-Del contrato de hospedaje: el contrato de hospedaje tiene lugar cuando alguno presta a otro albergue.

-De las asociaciones: cuando varios individuos convienen reunirse, de manera que ni sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderadamente económico, constituyen una asociación.

-De la aparcería rural: este contrato trata de que una persona llamada propietario concede a otra persona llamada aparcero la explotación temporal de tierras laborales o de ganado para repartirse entre sí los frutos o productos que de ellas se obtengan 

-De los contratos aleatorios: es un contrato en el que la relación existe entre los beneficios y sacrificios que las partes asumen no está determinada, al depender de alguna circunstancia imprevisible o desconocida por las partes 

-Del juego y de la apuesta: son un tipo de contrato aleatorio en el que la suerte o azar determina la equivalencia de las prestaciones y atribuye obligaciones que tendrán que ser cumplidas por cada una de las partes 
de la renta vitalicia: La renta vitalicia es un contrato aleatorio por el cual el deudor se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida de una o más personas determinadas, mediante la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa mueble o raíz estimada, cuyo cuyo dominio se transfiere desde luego  

-De la compra de esperanza:se llama compra de esperanza al contrato que tiene por objeto adquirir por una cantidad determinada, los frutos que una cosa produzca en el tiempo fijado.

-De la fianza: La fianza es un contrato por el cual una persona se compromete Con el acreedor a pagar por el deudor, si este no lo hace 

-De la prenda: La prenda es un contrato en virtud del cual se constituye un derecho real sobre un bien mueble enajenable, para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago

-De la hipoteca: la hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que se entregan al acreedor y que da derecho a este, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes en el grado de preferencia establecido por la ley. 

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